Las tarjetas revolving son muy utilizadas en nuestro país. Sin embargo, muchas de ellas tienen un interés abusivo muy superior al permitido, es por ello que se puede reclamar lo pagado de más hoy en día.
¿Qué son?
Las tarjetas revolving son un tipo de tarjeta de crédito, cuya particularidad es que las compras, disposiciones en efectivo, etc. que se realicen con la misma y dentro de un límite de crédito, se pagan a plazos.
Estas tarjetas funcionan como microcréditos con unos intereses (T.A.E. o Tasa Anual Equivalente) entre el 20 y el 30% en una tarjeta revolving, que son muy superiores a los registrados por el Banco de España para las líneas de créditos personales.
Para que se consideren abusivos dependerá de dos factores o requisitos:
- Control de incorporación: redacción clara, concreta y sencilla.
- Transparencia: es necesario que las cláusulas estén redactadas de forma clara y compresible.
La ley de 23 de julio de 1908, de represión de la usura indica que:
«Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condicionales tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.
Será igualmente nulo el contrato en que se suponga recibida mayor cantidad que la verdaderamente entregada, cualesquiera que sean su entidad y circunstancias. Será también nula la renuncia del fuero propio, dentro de la población, hecha por el deudor en esta clase de contratos.»
Nueva ley de las tarjetas revolving
El 2 de enero de 2021 entró en vigor la nueva regulación sobre tarjetas revolving en la que se exige a las entidades bancarias un estudio previo de solvencia y la obligación de dar información no sólo precontractual sino también información periódica trimestral y adicional.
Documentos necesarios para reclamar:
- Recibos. Si no los tienes, te ayudamos a conseguirlos.
- Contrato de la tarjeta revolving.
Sentencias interesantes sobre la devolución de los intereses en las tarjetas revolving
- Sentencia 149/2020 del Pleno de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo de 4 de marzo de 2020
- Sentencia 628/2015, del Pleno de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo de 25 de noviembre de 2015
Si estas interesado en reclamar lo pagado de más con tu tarjeta revolving o deseas preguntar más información, no dudes en contactar con nosotros mediante nuestro email info@mjpabogados.com o llamando al 640 290675.